domingo, 30 de abril de 2006

Fotos de Pablo un vecino comprometido



Pablo un vecino nos ha escrito manifestando su preocupacion y ademas nos envia estas fotos de regalo.

viernes, 21 de abril de 2006

EL SUR / Rechazo a casino en Laguna Grande 19/04/06

Una carta dirigida a la intendenta María Soledad Tohá, acompañada con más de dos mil firmas que apoyan su petición, entregaron ayer una decena de jóvenes que integran el “Comité vecinal de defensa de la Laguna Grande de San Pedro de la Paz”. La vocera del grupo, Paula Alarcón Vera, indicó que su intención es mantener ese espacio como un “parque natural, ecológico, étnico, educacional, recreativo y, lo más importante, público”, por lo que rechazan que sea “convertido en un lugar de juego, para disfrute de unos pocos”. Los jóvenes criticaron la poca acogida de sus planteamientos por parte del municipio, que aseguraron sólo está interesado en los millonarios recursos ( y no en preservar nuestra naturaleza) Por esta razón, apelaron a la intendenta María Soledad Tohá para que le otorgue una calificación “desfavorable” al proyecto Casino Laguna Grande de San Pedro de las Paz, del grupo español Egasa- Nervión, que la próxima semana le solicitará formalmente evaluar la Superintendencia de Casinos de Juego. Paula Alarcón afirmó que esta situación es muy parecida a la que se registró en la década pasada en Concepción, cuando un alcalde quiso concesionar una parte del Parque Ecuador para construir un hotel de cinco estrellas. Recordó que en esa oportunidad, pese al interés económico que significaba para el municipio ese negocio, finalmente se optó por escuchar la voz de la comunidad, que rechazaba perder uno de sus parques públicos más importantes. Aseguró que ahora es la oportunidad para que la intendenta María Soledad Tohá haga lo mismo y escuche lo que piensan realmente los vecinos de San Pedro de la Paz, cuyo parque más importante es la Laguna Grande, donde las áreas verdes y sus espacios recreativos “valen más que mil tragamonedas”.

jueves, 13 de abril de 2006

CARA DE PALO- 3grandes Mentiras de AITUE

AITUE la Inmobiliaria que esta cambiando sustancialmente el Ecosistema Natural de la Laguna Grande, en su pagina de San Pedro del Valle, señalan las siguientes Patrañas:
1)Resguardar la convivencia con la fauna del sector
2)Tener una Zona de Protección Ecológica.
3)Entregar calidad de vida


Se tiene que ser muy cara de palo, para asegurar estas frases sabiendo que:
-Instalaron en la parte más delicada del humedal (la puntilla) sus instalaciones de Faena, y si bien ahora las retiraron, dejaron los rellenos y la zona de anidación irrecuperable, mas encima proyectan una rotonda en ese sector.
-Además su famosa zona de protección ecológica, es una laguna artificial, que formaron modificando y succionando los distintos esteros del sector, redujeron todo a un solo estero, para proteger menos y secar mas. Rellenaron las zonas sensibles para la flora y fauna del lugar, la gran mayoría de los animales que dicen que habrá en su laguna ya los espantaron y mataron. ¿Es eso una “protección ecológica”? si tiene que proteger algo es por que la ley impone un mínimo de 100 mts a cada lado de un recurso hídrico, no por que ellos deseen realmente preservar el lugar.
-Nunca aseguraron la calidad de vida a sus habitantes, o sino hubieran ingresado su proyecto a un estudio de impacto ambiental. Quien nos asegura que el movimiento de aguas no vaya a ser desfavorable a sus clientes o a los sectores aledaños al estero los Batros, quien nos asegura que los niveles de el agua de la Laguna Grande se mantengan igual. Que es lo que ira a suceder frente a un terremoto, un tsunami o una lluvia muy prolongada, con las aguas que naturalmente tendían a apisonarse en la zona que hoy esta rellenada. ¿Es esto entregar Calidad de vida?, Quien nos asegura que la parte protegida del Humedal no tienda a modificarse, producto de efecto cuello de botella que pudiera significar canalizar el estero los Batros.

Aitue lleva unos buenos años desarrollando este proyecto y recién ahora, que ya se mandaron el “cagaso”, están haciendo un estudio hidrológico del estero los Batros, OJO: Estero que ellos mismo se encargaron de canalizar, puesto que el estero en invierno se ramificaba a tal punto que solo se distinguía una gran mancha de agua; Estudio encargado al EULA, entidad supuestamente incorruptible; estudio que solo empezaron a gestionar cuando nosotros presionamos a la Municipalidad.

domingo, 9 de abril de 2006

RECOLCTANDO FIRMAS EN SECTOR CANDELARIA

Candelaria es un sector habitacional, que colinda con la salida del Humedal los Batros. Nosotros estuvimos recolectando firmas e informando a la gente, sin embargo, es penoso ver que tanta gente aun tiene miedo de firmar por posibles consecuencias que esto les pudiera significar, y peor aun es apreciar la cantidad de desinformación que existe en la población. Requerimos urgentemente de más manos voluntarias, de más apoyo y monitores. Señores lectores, si son de Concepción, contáctense con nosotros y aporte con su tiempo para el bien común. Salvemos la Laguna; y su Fauna y Flora.

viernes, 7 de abril de 2006

Respuesta municipalidad a 2º Audiencia publica

Leer pero no creer!
Está es la respuesta atrasada que nos dio nuestro Alcalde ”Socialista”, el mismo que dice tener apoyo ciudadano, pero que a la vez coarta, deslegitima y suprime la opinión de mas de 2000 personas que apoyan la preservación de nuestro entorno natural.

1.- En audiencia pública llevada a efecto el día 03 de enero del corriente, y solicitada de conformidad con lo dispuesto en los artículos 97 y 98 de la Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades y artículo 18 y siguientes de la Ordenanza Municipal N° 11, de 27 de abril de 2001, sobre Participación Ciudadana, el Concejo Municipal escuchó las legítimas inquietudes, interrogantes y planteamientos de vecinos de la comuna con relación a las obras que actualmente se desarrollan en el marco del proyecto de loteo San Pedro del Valle, sector Laguna Grande, especialmente en cuanto a la incidencia de dicho proyecto respecto a la protección del humedal Los Batros como, asimismo, con relación a la posibilidad de instalación de infraestructura de carácter recreacional y turística (específicamente un Casino de Juegos) en un sector del área del Parque Laguna Grande, comuna de San Pedro de la Paz.
2.- Al respecto, de conformidad con las normas legales y administrativas, ya citadas, en adelante, se pretende dar respuesta a todas y cada una de las interrogantes formuladas en la referida audiencia pública, particularmente a aquellas que se contienen en documento de fecha 27 de octubre de 2005, y a través del cual se solicitó la realización de la antedicha audiencia pública. Lo dicho lo será sin perjuicio de que, en lo relativo al primer aspecto indicado, esto es, protección del humedal Los Batros, esta Municipalidad ha cumplido con entregar a los interesados una pormenorizada y fundada respuesta sobre la materia, lo que hizo a través de nuestro Ordinario N° 523, de fecha 26 de agosto de 2005, documento que fuera evacuado también como consecuencia de Audiencia Pública solicitada y llevada a efecto con fecha 14 de julio de 2005. Más aún, en la audiencia pública del día 03 de enero de 2006, este Alcalde y su cuerpo de Concejales comprometió un Diálogo ciudadano a realizarse dentro de las 48 horas siguientes a objeto de que los vecinos interesados pudieran plantear de manera más informal y abierta las diversas inquietudes que la situación de la comuna y gestión municipal les mereciere, reunión o asamblea efectivamente realizada en la tarde del día 05 de enero de 2006, en el Gimnasio Municipal.
3. - Ahora bien, y a objeto de evitar reproducciones innecesarias, especialmente en lo que dice relación con la ejecución del proyecto inmobiliario denominado San Pedro del Valle, esta municipalidad mantendrá a firme las consideraciones, información y explicaciones entregadas a través de nuestro Ordinario N° 523, de 23 de agosto de 2005, ya citado, particularmente en cuanto a los instrumentos de planificación territorial aplicables al área de interés, la definición de zonas que en ellos se contemplan, los usos de suelo considerados o autorizados para cada una de esas zonas, los antecedentes generales del indicado proyecto, el cronograma de su tramitación, las exigencias formuladas por la municipalidad al mismo proyecto y, finalmente, las acciones de la municipalidad en torno a la protección del humedal Los Batros, teniendo en especial consideración el que esta Corporación Edilicia reconoce y comparte con los vecinos promotores de las Audiencias Públicas a que venimos haciendo mención, la relevancia de dicho humedal desde el punto de vista hidráulico, ecológico y paisajístico, razón por la que ha propiciado un conjunto de iniciativas conducentes a resguardar las 320 Hectáreas del mismo que comprende la Zona ZVN-21, siempre y en todo caso de acuerdo a lo establecido en el Plan Regulador Metropolitano de Concepción actualmente vigente.
4.- Que no obstante lo anterior, sobre la misma materia, en la Audiencia Pública que motiva la presente respuesta, los vecinos que han asumido la representación de la comunidad para dichos efectos, a saber, don Cristian Urrutia, don Joao George Nascmento, don Martín Sanzana, don Orlando Vera y don Eduardo Tarifeño, han reiterado algunas cuestiones que, a nuestro juicio, tuvieron debida atención en su oportunidad, más allá que la respuesta entregada por el Municipio pueda ser estimada como no completamente satisfactoria para los legítimos intereses que los mismos dicen representar.
5.- Así entonces, pretendemos aquí hacernos cargo y dar respuesta a aquellas nuevas interrogantes formuladas en la solicitud de Audiencia Pública, de fecha 27 de octubre de 2005 y que, con anterioridad, no han sido atendidas por la Municipalidad o lo han sido parcialmente al decir de los mismos vecinos. El orden que se seguirá para atender las interrogantes y solicitud de información será, en general, el mismo adoptado en el documento a través del cual se solicitó la audiencia pública y fechado 27 de octubre de 2005.
Asimismo, como también se indicará más adelante en forma detallada, se acompañan al presente informe todos y cada uno de los documentos cuya copia fue solicitada por los representantes de los vecinos promotores de la Audiencia Pública a que venimos haciendo mención.
6.- En lo que dice relación a la protección del humedal Los Batros y ejecución de proyectos inmobiliarios en el área de interés:
a) En cuanto se pide nombrar un responsable de verificar en terreno, a la brevedad, el estado de las obras del Proyecto San Pedro del Valle, con aviso previo a los vecinos, es del caso señalar que dicha función, conforme se prevé especialmente en la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, N° 18.695, Y en la Ley General de Urbanismo y Construcciones y su Ordenanza General, es una función que compete a la Dirección de Obras Municipales y a la Dirección de Medio Ambiente, Aseo y Ornato, según el caso, siendo don Hugo Carvallo Riquelme, arquitecto, y don Alberto Arrizaga Miranda, biólogo, los profesionales titulares a cargo de las nombradas Direcciones Municipales , respectivamente y, por ende, las personas responsables directamente de la materia señalada. No obstante ello, se debe consignar, que ha sido política permanente del Municipio informar y hacer participar a quien lo estime pertinente, del conocimiento de ‘los antecedentes, tanto desde el punto de vista normativo, planimétrico y de terreno, respecto del proyecto señalado como uno de los motivos del presente informe. Prueba de ello, es la visita a terreno efectuada por el mencionado Director de Obras Municipales junto a la arquitecta de la misma Dirección, doña Lorena Muñoz, al Sr. Concejal de la comuna, don Audito Retamal Lazo y a don Martín Sanzana, este último precisamente uno de los vecinos que suscribe la solicitud de Audiencia Pública que nos ocupa, visita que tuvo lugar durante el mes de diciembre de 2005 y en donde se verificó mediante puntos de referencia especiales instalados al efecto, la superficie a intervenir, la cual no comprende la totalidad del área considerada en el proyecto de loteo originalmente aprobado, todo ello en función de los acuerdos establecidos a partir de la primera Audiencia Pública efectuada el día 14 de julio de 2005 y que la empresa inmobiliaria que desarrolla el proyecto San Pedro del Valle tuvo a bien adoptar.
b) En cuanto se pide ordenar la paralización inmediata de las obras y el despeje de las áreas de equipamiento EQP-l y EQP-2, definidas en el plano de loteo del mencionado proyecto inmobiliario, es del caso señalar que la Municipalidad, a través de Ordinario Alcaldicio N° 48, de 26 de enero del presente, solicitó a la empresa Inmobiliaria San Pedro del Valle procediera a desplazar la instalación de faenas ubicada en el lote EQP-2 hacia el sector colindante al área actualmente construida (lotes 33 o 28. Lo anterior se solicitó por cuanto dicho lote junto a los lotes consignados como EQP-1 y EQP-3, se emplazan en un área espacialmente sensible en términos ambientales y colindantes a la zona de protección designada como ZVN-21 conforme al Plan Regulador Metropolitano de Concepción, debiendo mantener el carácter de área verde establecido en el proyecto de loteo aprobado mediante Resolución N° 52, de 25 de mayo de 1998, modificado por Resolución N°176, de 20 de agosto de 2003, ambas de la Dirección de Obras Municipales de San Pedro de la Paz. Lo anterior, no obstante que de la revisión de la normativa vigente al momento de la aprobación del proyecto de loteo que nos ocupa y de la normativa vigente en el Plan Regulador Metropolitano de Concepción actual, las mencionadas zonas consignadas como EQP-1 y EQP-3, son desde este punto de vista, factibles de intervenir. A mayor información, como se viene diciendo, la empresa referida, a requerimiento del Municipio, ha accedido al cambio de ubicación de la instalación provisoria de faenas, en un plazo que no deberá exceder de los primeros días del mes de marzo próximo. No obstante, la reubicación de la instalación provisoria de faenas se encuentra en ejecución. Además se procede en la actualidad, a la demarcación y cierre de la zona protegida y de la zona en estudio, a fin de asegurar condiciones adecuadas de identificación.
c) En cuanto a la petición en orden a disponer la paralización inmediata de las obras y la no intervención sobre el área del proyecto que la Municipalidad consideró pertinente que la empresa sometiera al sistema de evaluación de impacto ambiental, es del caso reiterar previamente que la Municipalidad de San Pedro de la Paz reconoce que las urbanizaciones desarrolladas en los terrenos aledaños al estero Los Batros, antes Zona PE-13, hoy Zona ZHM-2 O, obedecen a la existencia de un marco jurídico-normativo definido particularmente por el antiguo y el actual Plan Regulador Metropolitano de Concepción. A este respecto, la Municipalidad de San Pedro de la Paz reitera que no está en condiciones de revertir o dejar sin efecto los permisos de loteo y/o de edificación correspondientes, debidamente otorgados. No obstante ello, esto es, a que el proyecto de loteo fue aprobado con antelación a la vigencia del Reglamento de la Ley N° 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, se ha considerado la pertinencia de que la indicada empresa inmobiliaria proceda a ingresar el proyecto, en la parte que se emplaza más cercana al humedal Los Batros, al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Asimismo, la Municipalidad de San Pedro de la Paz, ha reiterado a dicha inmobiliaria, la exigencia de que los lotes denominados en el plano de loteo respectivo, como L-18, L-19, L-22, L-25, L-26, L-29, L30, L-32, L-35, L-36 Y L-37 que corresponden a los lotes que se emplazan aledaños al límite de la franja de protección de 100 m del Estero Los Batros, zona ZVN 21del Plan Regulador Metropolitano de Concepción vigente, sólo se podrán materializar previo informe favorable de la Dirección General de Aguas, Región del Bio-Bío y de la Resolución de Calificación Ambiental emitida por la COREMA, Región del Bio-Bío.
De otra parte, por ser pertinente, pasamos a informar la Situación Actual de Gestión de Aspectos Ambientales del Proyecto San Pedro del Valle.
Elementos modificatorios que se reformulan en el proyecto respecto de la aprobación original:
- Incorporación de mayor superficie de áreas verdes, mayor amplitud en avenidas proyectadas y mejoramiento de los accesos; elementos que disminuyen la cabida o densidad originalmente aprobados.
- Canalización eléctrica subterránea en todo el loteo, para disminuir la contaminación visual que producen los cables sobre el espacio público, como también el asegurar la protección de las aves que habitan en el sector.
- Reconocimiento de tres áreas de gran valor natural: laguna interior, borde aledaño a la zona de protección del Humedal Los Batros y su estero, y borde ribereño de la Laguna Grande. Con este propósito, a fines del año 2004 y durante el año 2005, a requerimiento del Municipio, la inmobiliaria dispuso la contratación de los servicios del Centro EULA, organismo independiente y con reconocida idoneidad técnica para el desarrollo de estudios de manejo de zonas ambientalmente sensibles, con la finalidad de orientar acciones destinadas a la conservación de la flora y fauna existente en la zona.
Dichos estudios están referidos a:
- Estudio de recuperación de Laguna Interior: Estudio contratado en noviembre de 2004, que cuenta con informe de fecha abril de 2005. La zona en estudio y de recuperación es cercana a las 4,5 hectáreas. La obra de recuperación comenzó a ejecutarse en octubre de 2005, teniendo a la fecha un avance cercano a un 80%. Queda por materializar la colocación de señalética informativa (actualmente en elaboración) y la arborización del sector, prevista para abril de 2006 (fecha adecuada para transplantes vegetales. El proyecto es monitoreado permanentemente por el Centro EULA.
- Estudio de diseño y conservación de la ribera de la Laguna Grande, del borde aledaño a la franja de protección del Humedal Los Batros y su estero: Este estudio fue contratado en junio de 2005 y contempla un periodo total de 12 meses. Cabe señalar que en función de lo anterior, se ha ido cumpliendo el cronograma propuesto. Actualmente se cuenta con informe de definición del eje del estero y zona de protección adyacentes. La zona en estudio incorpora el área adyacente a la Laguna Grande, correspondiente a 7 hectáreas aproximadamente, la franja de protección de 100 mts. Al oriente del eje del estero Los Batros, lo que importa una superficie de 18 hectáreas aproximadamente, y los lotes adyacentes a dicha franja de protección, equivalentes a un tercio del área original a desarrollar, es decir, 17 hectáreas aproximadamente. El compromiso adoptado con la empresa es que no se realice ejecución de obras en los sectores descritos, hasta no contar con el informe técnico que permita tener certeza de un buen manejo del sector, privilegiando el respeto de la riqueza natural en el área. No se ejecutarán obras de construcción si de los estudios que se realizan en la actualidad ello no resultare aconsejable.
Cabe señalar que se acordó en reunión sostenida entre la Municipalidad de San Pedro de la Paz, representada por su Director de Obras, funcionarios de CONAMA Regional, profesionales del Centro EULA y ejecutivos de la empresa en referencia, someter al sistema de evaluación de impacto ambiental, a través de una DIA voluntaria, la intervención en los sectores descritos en el estudio contratado a EULA. En función de lo anterior, la empresa comprometió el no materializar obras de construcción en borde de la laguna, y en los macrolotes colindantes con la franja a de protección de 100 m de ancho mencionada precedentemente. De otra parte, será el Municipio, a través de la Dirección de Obras y la Dirección de Medioambiente, Aseo y Ornato, la encargada de la supervisión de este acuerdo, con la colaboración del Centro EULA, ya que dicho organismo se encuentra continuamente monitoreando el sector. La presentación de la DIA voluntaria, se realizará ante CONAMA Regional en el mes de Julio de 2006.
Cabe destacar, que en función de los estudios desarrollados y en desarrollo por parte de EULA, se han concordado los siguientes criterios respecto del desarrollo actual del loteo:
- Redefinición del eje de Avenida denominada Paseo Los Batros, para respetar y conservar la biodiversidad del sector. Se establece junto con la redefinición de dicho eje el no considerarla una calle sino una vía de circulación peatonal;
- Se realizará una nueva subdivisión en los EQP-2, EQP-1, EQP-3, con la finalidad de separar los terrenos para generar una adecuada protección sobre ellos;
- Se redefinen los destinos de los lotes L-35, L-36 Y L-37, quedando con un destino preferente de conservación natural.
Todo lo señalado precedentemente corresponde a acuerdos y gestiones de carácter previo, pues las modificaciones definitivas del proyecto se establecerán una vez conocidos los resultados completos de los estudios en desarrollo por parte del Centro Eula.
d) En cuanto se consulta acerca del estado de la solicitud de financiamiento para estudio de georeferenciación de la zona de valor natural. ZVN-21, estamos en condiciones de informar que dicho estudio efectivamente se ha realizado y cuenta con la autorización de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, según consta en Ordinario N° 2466, de fecha 11.11.2005. De esta manera,la SEREMI de Vivienda y Urbanismo de la Región del Bío Bío, según reconoce oficialmente dentro del Plan Regulador Metropolitano de Concepción la delimitación precisa de la zona ZVN-21, la cual se realizó en función de los elementos físicos de carácter geomorfológicos y vegetacionales reconocidos en terreno y en base a fotografías aéreas escaladas del sector. Esta información fue incorporada a la base cartográfica digital del territorio comunal en archivo AUTOCAD, transformándose así en una herramienta de gestión precisa y eficaz para la fiscalización de potenciales intervenciones dentro del área de protección del humedal Los Batros. Se adjunta plano y copia de Ordinario, ya citado.
e) En cuanto a la solicitud de financiamiento para estudio hidráulico y modelación de inundaciones del humedal Los Batros, como ya se ha informado, durante el año 2005, la Municipalidad de San Pedro de la Paz postuló a la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo SUBDERE-, el respectivo proyecto para la realización del Estudio Hidráulico y Modelación de Inundaciones del humedal Los Batros. Lamentablemente, el proyecto no fue seleccionado para su financiamiento durante dicho año. Sin embargo, el proyecto en comento será repostulado durante el mes de marzo del presente año. No obstante lo anterior, cabe señalar que dentro de los estudios ambientales y ecológicos que fueron recomendados por el Municipio y encargados finalmente al Centro EULA por parte de la empresa inmobiliaria a que venimos haciendo mención, se está elaborando un Estudio Hidrológico e Hidráulico del Estero Los Batros, el cual permitirá establecer con precisión las áreas de riesgo de inundación en el sector adyacente al área de emplazamiento del proyecto inmobiliario comprendido entre el puente Los Batros y el desagüe de la Laguna Grande.
f) En lo relativo a establecer una instancia de coordinación municipal para la elaboración de un procedimiento administrativo y jurídico para la fiscalización de la zona ZVN-21, a la fecha, es del caso informar que dicha instancia de coordinación municipal se ha estructurado de la forma que sigue:
f.1. Determinación planimétrica sobre base digital del territorio comunal, con referenciación sobre elementos construidos identificables en terreno, como la Ruta 160, Avenida Pedro Aguirre Cerda, vialidad existente en conjuntos habitacionales del sector como Parque Residencial Laguna Grande y la Villa San Pedro, como asimismo elementos naturales como diferencias de nivel y/o características morfológicas del mismo. Dicha referenciación ha sido validada y oficializada por el Departamento de Desarrollo Urbano e Infraestructura de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región del Bío Bío por medio de oficio Ordinario N° 2466, de fecha 11 de noviembre 2005, ya citado.
f.2. Entrega de la información señalada en el punto precedente, al Departamento de Inspección dependiente de la Dirección de Administración y Finanzas y a funcionarios de la Dirección de Obras Municipales, para conocimiento y utilización por parte de dichos inspectores municipales, en caso de detectarse ejecución de obras de cualquier tipo al interior de la zona ZVN-21.
f.3. A partir de la detección e informe por parte del Departamento de Inspección Municipal o de funcionarios de la Dirección de Obras Municipales, seguir procedimiento establecido en el artículo 1460 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones relativo a la paralización de obras y, de acuerdo a lo señalado en el artículo 1480 del mismo cuerpo legal, en su caso, ordenar la demolición y/o retiro de las obras ejecutadas en contravención a las normas citadas de la señalada Ley y/o en el instrumento de planificación vigente.
f.4. Si la situación lo ameritare y atendida que fuere la entidad de las infracciones o daños producidos, el municipio, a través de su Dirección Jurídica, deducirá acciones judiciales en contra de los eventuales infractores.
g) En cuanto se consulta acerca del financiamiento para proceder a la modificación del plan regulador comunal a través de la elaboración de un plan seccional. Los Batros Cordillera de Nahuelbuta, es menester informar que éste municipio ha finalizado la etapa de propuesta de zonificación de uso de suelo para el polígono definido dentro del Plan Seccional Los Batros-Cordillera de Nahuelbuta. Se espera, a contar del mes de marzo de 2006, dar comienzo al proceso de participación ciudadana para definir la propuesta del uso del territorio para esta área. Se adjunta plano con la propuesta de zonificación del uso del suelo para el área territorial que será normada por el futuro Seccional Los Batros-Cordillera de Nahuelbuta. Complementariamente, el Municipio ha dispuesto la suma de $ 5.000.000.-, según consta en Certificado de Disponibilidad Presupuestaria N° 15, de fecha 11.01.2006, para la elaboración de un Estudio Aereofotogramétrico del área territorial que habrá de comprender el referido Seccional. Este estudio permitirá conocer con mayor detalle las áreas ambientalmente sensibles, tales como las quebradas y cursos de agua que forman parte del sistema hidrológico del sector poniente de la Cordillera de Nahuelbuta, todo ello con el fin de propiciar su resguardo ambiental.
h) En cuanto a que el municipio haga valer su autoridad y promueva la paralización inmediata de las obras y solicite el despeje de las áreas que se presuma vulneren el área legalmente constituida como Zona de Valor Natural (ZVN-21) por el Plan Regulador Metropolitano de Concepción vigente y hasta contar con la medición georeferenciada que establezca en forma fiable los límites de esa zona, es pertinente aclarar que la especificación de los límites de la zona ZVN-21 establecida por el Plan Regulador Metropolitano de Concepción vigente, no involucra el proyecto San Pedro del Valle, por cuanto dicho proyecto se emplaza en zona ZHM-20 del mencionado instrumento de planificación. En efecto, el proyecto materia de vuestra preocupación, como tantas veces se ha dicho, fue aprobado mediante Resolución N° 52, de 25.05.98, modificado mediante Resolución N° 176, de 20.11.03, Y se encuentra, en lo relativo a sus permisos de loteo y edificación, vigente conforme lo estipulado en artículo 1.4.17 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones. De otra parte, la delimitación más específica de la zona ZVN-2l tiene por objetivo establecer límites claros para efectos de fiscalización de eventuales rellenos ó construcciones a emplazarse en dicha zona y para la presentación de nuevos proyectos inmobiliarios o de pequeños propietarios, en terrenos emplazados en la zona en cuestión.
i) En cuanto a acordar la pronta realización de un Plan Regulador Comunal que permita desarrollar una visión integrada y compartida de la comuna y su desarrollo, incorporando en forma efectiva la opinión de la comunidad, mediante su participación amplia e informada, nos permitimos indicar que ha sido política permanente de este Municipio, desde el momento de su instalación como tal y desde el punto de vista urbano y ambiental, el proceder a la elaboración, actualización y optimización de los distintos instrumentos de planificación territorial aplicables en el territorio comunal, ello a fin de que la aplicación simultánea o complementaria de éstos, otorgue la condición de integralidad necesaria señalada por su solicitud.
En efecto, si se observan simultáneamente, por una parte, el marco general establecido en el Plan Regulador Metropolitano de Concepción vigente, como también la reciente modificación del Plan Regulador Sector Costa, el Plan Regulador Comunal vigente al momento de crearse la comuna de San Pedro de la Paz, los Seccionales de la Villa San Pedro, Miramar, El Venado y Laguna Chica, y la propuesta denominada Seccional Los Batros-Cordillera Nahuelbuta, esta última, como ya se ha señalado, a la que se encuentra abocada nuestra Asesoría Urbana, todos ellos graficados en el Compendio o Consolidado Planimétrico denominado Plan Regulador Comunal de San Pedro de la Paz, el que también se adjunta, puede apreciarse la integralidad mencionada, en función de la complementación de los usos de suelo, las zonas de protección de unidades ambientalmente sensibles y la vialidad estructurante existente y proyectada.
Lo anterior obedece metodológicamente a la forma que se ha considerado la más adecuada, en función de asumir y aplicar la planificación urbana vigente y, en el futuro, la planificación urbana proyectada.
Cabe mencionar que, excepto el denominado Seccional Los Batros-Cordillera Nahuelbuta, que constituye una propuesta inicial sin aprobación que deberá exponerse y discutirse con el conjunto de la comunidad de San Pedro de la Paz, en todas sus expresiones, todos los demás instrumentos de planificación territorial y sus modificaciones respectivas, han sido expuestos y difundidos ante la comunidad, como asimismo presentados ante todos los organismos públicos de carácter técnico y ambiental para su conocimiento y aprobación, conforme lo establece la normativa vigente.
Con relación a lo anterior, y en lo específicamente relacionado al Humedal Los Batros, basta comparar la normativa vigente al momento de crearse la comuna de San Pedro de la Paz - cuando se encontraba rigiendo el Plan Regulador Metropolitano de Concepción de 1980 y, por ende, donde toda la zona comprendida por el mencionado Humedal Los Batros podía, eventualmente, construirse y canalizarse-, con la normativa actual. Esta última, promovida, desarrollada y propuesta por este Municipio y recogida en el nuevo Plan Regulador Metropolitano de Concepción vigente, donde a diferencia de la situación normativa anterior, hoy existe la zona ZVN-21, área de protección de 320 hectáreas, y donde no se permite ninguna acción ni actividad, salvo aquellas que tengan por fin el preservar y mantener el ya mencionado Humedal.
j) En cuanto se pide información acerca de los proyectos de inversión pública de carácter ambiental y urbano más relevantes ejecutados y por ejecutar con incidencia en el borde de río, borde de mar, Parque Laguna Grande y áreas lindantes al Humedal Los Batros, podemos informar lo siguiente:
* Proyectos ejecutados Laguna Grande asociados al borde ribereño de la Laguna Grande
- Proyecto limpieza y extracción de vegetación acuática Laguna Grande
El proyecto consistió en la limpieza y extracción de vegetación acuática en la ribera norte de la Laguna Grande. El proyecto comprendió el retiro de decenas de toneladas de basuras, neumáticos y chatarras, además de la extracción de una importante biomasa vegetal y fango anóxico del lecho del cuerpo de agua. La inversión total del proyecto fue de $35.000.000. y su financiamiento fue con fondos FNDR-Gobierno Regional.
- Proyecto construcción de sendero peatonal y miradores panorámicos en la Laguna Grande
El proyecto consistió en la construcción de un sendero peatonal y 4 miradores panorámicos en la ribera norte de la Laguna Grande. La inversión total del proyecto fue de $40.000.000.- Y su financiamiento fue con fondos del Programa de Absorción de Mano de Obra del Gobierno Central.
- Proyecto Parque Laguna Grande
El proyecto consistió en la construcción de un parque urbano en la ribera norte de la Laguna Grande. El proyecto comprendió la construcción de una ciclovía y sendero peatonal asfaltado, área de juegos infantiles y área de esparcimiento, extensas áreas verdes y forestación con vegetación nativa, inmobiliario urbano e iluminación completa del parque. Además, se construyó un recinto ferial techado para el desarrollo de actividades artísticas y culturales. La inversión total del proyecto fue de $ 250.000.000. - y su financiamiento fue con fondos del MINVU y aporte municipal.
- Proyecto Construcción Anfiteatro Municipal
El proyecto consistió en la construcción de un anfiteatro con concha acústica y graderías y butacas con capacidad para 2.500 a 3.000 personas en la ribera norte de la Laguna Grande. El proyecto, además incluyó la construcción de camarines, sala de estar, bodegas y salón VIP, caseta de control y baños públicos. La inversión total del proyecto fue de $285.000.000.- Y su financiamiento fue con fondos FNDR-Gobierno Regional.
* Proyectos a ejecutar asociados al borde costero
- Proyecto Mejoramiento de Barrios Caleta Boca Sur Viejo
El proyecto consiste en la urbanización completa y construcción de viviendas en el sector de la caleta de pescadores de Boca Sur Viejo. El proyecto fue aprobado por un monto cercano a los $ 2.000.000.000. -, Y comenzará su ejecución durante el mes de marzo de 2006.
- Proyecto Centro Gastronómico Artesanal
El proyecto consiste en la construcción de un centro gastronómico y turístico en el sector ribereño de la desembocadura del río Bío-Bío. Se prevé que el costo total del proyecto será de $ 250.000.000. - y será postulado al Fondo Nacional de Desarrollo Regional (FNDR) durante el año 2006.
- Proyecto Parque Borde Costero
El proyecto consiste en la construcción de un parque urbano entre la desembocadura del río Bío-Bío y el sector de Boca Sur con infraestructura deportiva y recreativa, extensas áreas verdes, senderos peatonales e iluminación. Se prevé que el costo total del proyecto será de $ 800.000.000.- Y será postulado al Fondo Nacional de Desarrollo Regional (FNDR) durante el año 2007.
* Proyectos asociados al borde ribereño del rió Bio-Bio
- Proyecto Parque de los Deportes
El proyecto consiste en la construcción de un parque urbano en el área ribereña del río Bío-Bío en el sector comprendido entre la Villa Spring-Hill y Candelaria con infraestructura deportiva y recreativa, extensas áreas verdes, senderos peatonales, mobiliario urbano e iluminación. Se prevé que el costo total del proyecto será de $ 1.000.000.000. - y será postulado al Fondo Nacional de Desarrollo Regional (FNDR) durante el año 2007.
* Proyectos asociados al Parque Laguna Grande
- Proyecto Construcción Centro Cultural Municipal
El proyecto consiste en la construcción de un centro cultural en el sector adyacente al Parque Laguna Grande para el desarrollo de las expresiones artísticas y culturales de la comunidad sampedrina. Se prevé que el costo total del proyecto será de $ 400.000.000.- Y será postulado al Fondo Nacional de Desarrollo Regional (FNDR) durante el año 2006.
- Proyecto Reforestación con Vegetación Nativa y Habilitación de los Cerros Parque Laguna Grande
El proyecto consiste en un programa de sustitución paulatina de la vegetación existente en los cerros del Parque Laguna Grande por flora arbustiva y arbórea nativa representativa del bosque esclerófilo costero, además de senderos peatonales interpretativos y miradores panorámicos. Se prevé que el costo total del proyecto será de $ 200.000.000.- Y será postulado al Fondo Nacional de Desarrollo Regional (FNDR) durante el año2007.
k) En cuanto se refieren a que la denominada empresa Inmobiliaria Los Cisnes Ltda. ha realizado y sigue realizando faenas de relleno, playas artificiales y despeje en la zona del humedal Los Batros en la cercanía del desagüe de la Laguna Grande, es del caso informar que la Resolución de la Dirección de Obras municipales mediante la cual se dio aprobación al anteproyecto de loteo denominado Bahías de los Cisnes, ubicado en el sector surponiente de la desembocadura de la Laguna Grande hacia el Humedal Los Batros, se encuentra efectivamente caducado en razón a que el proyecto respectivo no fue presentado dentro del plazo que fija la ley y, actualmente, no existe en tramitación en nuestra Dirección de Obras otro proyecto de similares características por la mencionada Inmobiliaria.
Cabe indicar que la empresa inmobiliaria había iniciado obras de relleno en el área durante el mes de enero de 2005, las cuales fueron paralizadas por funcionarios municipales en forma inmediata.
Ahora bien, Municipalidad de San Pedro de la Paz, ante la eventualidad de que este proyecto u otro de similares características sea presentado ante la Dirección de Obras Municipales para su tramitación, procederá a exigir todos los estudios ambientales y ecológicos necesarios que vayan en resguardo del área. Más aún, de ser pertinente, el Municipio solicitará a la empresa responsable someter el proyecto al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, de acuerdo a lo estipulado en la legislación ambiental vigente.
Así, mientras el proyecto en cuestión no obtenga la Resolución de Calificación Ambiental Favorable, el Municipio no procederá a la aprobación de ninguna obra o acción asociada al proyecto.
1) En cuanto a las interrogantes planteadas en relación con respuesta entregada a través de nuestro Ordjnario 523 de agosto de 2005:
1.1.- En cuanto al uso de suelo de las zonas AE-13, Y PE-12, considerados en el PRMC del año 1980, dicha información se contiene en copia de la Ordenanza del mismo instrumento de planificación, que se adjunta a este oficio.
1.2.- Se aclara que la Resolución N°52, de 25.05.98, aprueba proyecto de loteo sobre el lote denominado 3-A, de una superficie de 81.15 has. Posteriormente, y mediante Resolución N°176, de 20.11.03, se modificó dicho proyecto de loteo y se incorporó dentro de la superficie total de loteo, el lote Y, y el lote 2A2-1, originados mediante Resolución N° 105, de 31.12.98, quedando con una superficie total a lotear de 84.26 has.
1.3. - Se aclara que la Resolución N° 683-N-21, de 30.12.93,emitida por la DOM de Concepción, aprueba proyecto de loteo sobre lote denominado Lote 1, de 62.984 m2. Dicho loteo se encuentra ejecutado y corresponde al denominado Parque Residencial Laguna Grande.
La Resolución N° 20-N-02, de 02.02.96, emitida por la DOM de Concepción, aprueba la subdivisión del lote 2-A en dos predios denominados lote 2 A-1 Y lote 2 A-2, de 63.914,65 m2 y 61.443,65m2, respectivamente. Simultáneamente, y mediante la misma resolución, se aprueba proyecto de loteo sobre el lote 2 A-l. Dicho proyecto se encuentra ejecutado y corresponde al Parque Residencial Laguna Grande.
7.- En cuanto a la información solicitada con relación a la posible instalación de un Casino de Juegos en una porción de terreno del Parque Laguna Grande.
7.1- Antecedentes Generales sobre nueva Ley de Casinos
Con fecha 07 de enero del año 2005, se publicó en el Diario Oficial la Ley N° 19.995, la que establece las bases generales para la autorización, funcionamiento y fiscalización de casinos de juego en el país. A su turno, con fecha 06 de mayo de 2005, se publicó en igual medio, el Decreto N° 211, del Ministerio de Hacienda, por el que se aprueba el reglamento para la tramitación y otorgamiento de permisos de operación de casinos de juego. Finalmente, con fecha 04 de julio de igual año se publica en el Diario Oficial el Decreto N° 547, del Ministerio de Hacienda, Reglamento de Juegos de Azar en casinos de juego y sistemas de homologación.
Ahora bien, conforme lo dispuesto en la Ley N° 19.995, ya citada, sólo podrán autorizarse y funcionar hasta 24 casinos de juego en el territorio nacional, previo cumplimiento de los requisitos y condiciones establecidos en dicha ley y sus reglamentos, no pudiendo autorizarse la instalación de más de tres casinos en una misma región. Corresponde al Consejo Resolutivo de la Superintendencia de Casino de Juegos la atribución exclusiva de otorgar, denegar y renovar y revocar los permisos de operación de casinos de juego en el país, como asimismo las licencias de juego y servicios anexos de conformidad con las disposiciones de la ley, y sobre la base de la proposición que al efecto le formule el Superintendente.
De otra parte, el artículo 59 y 60, de la misma ley, junto con establecer un impuesto con tasa del 20% sobre los ingresos brutos que obtengan las sociedades operadoras de casinos de juego, señaló que un 50% de dicho impuesto se incorporará al patrimonio de la municipalidad correspondiente a la comuna en que se encuentre ubicado el respectivo casino de juego, para ser aplicado por la autoridad comunal al financiamiento de obras de desarrollo local.
7.2. - Iniciativa de promover la instalación de un Casino de Juego en la comuna de San Pedro de la Paz.
Como es de conocimiento público, con la dictación de la ley de casinos, ya nombrada, diversos municipios del país, a través de sus autoridades, se dieron responsablemente a la tarea de promover la instalación de este tipo de establecimientos en sus respectivos territorios, tomando en especial consideración los beneficios económicos y sociales que la concreción de dicha iniciativa habrá de significar para la gestión de los mismos municipios, mejorando de esa forma ostensiblemente sus ingresos propios y, desde luego, permitiendo llevar a cabo obras de evidente beneficio social para sus habitantes.
Es así como en el caso de nuestra región, se conocieron iniciativas de los , municipios de Concepción, Talcahuano, Hualpén, Los Angeles, Chillán, Tomé, Pinto y, finalmente, San Pedro de la Paz.
7.3.- Instalación de este tipo de infraestructura en terrenos del Parque Laguna Grande.
Es en el marco anterior que nuestro municipio, con el respaldo pleno de su cuerpo de concejales, viene promoviendo la instalación y operación de este tipo de infraestructura en la comuna, coincidiendo en que uno de los sectores donde podría alentarse y posibilitarse la instalación de un casino de juegos por parte de inversionistas privados lo sería precisamente un área determinada de los terrenos donde actualmente se emplaza el Parque Laguna Grande, terrenos que corno es de vuestro conocimiento, fueron entregados en comodato al municipio por parte del Servicio de Vivienda y Urbanismo de la Región del Bío Bío.
Es así corno, previa autorización expresa de la Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo y del Serviu Región del Bío Bío, se procedió a celebrar contrato de arrendamiento entre la Municipalidad de San Pedro de la Paz y la sociedad Gran Casino de San Pedro de la Paz, esta última formada por inversionistas de nacionalidad española, sobre una superficie de terrenos que conforman el Parque Laguna Grande, equivalente a treinta y cuatro mil ciento ochenta metros cuadrados de un total de ciento ochenta y un mil seiscientos cuarenta y ocho coma setenta y seis metros cuadrados que conforman los terrenos del mismo.
Desde luego, el propósito de la porción de terreno arrendado es la construcción, desarrollo y explotación de un complejo urbanístico destinado a uso turístico, recreacional y de entretención que incorporará un casino de juegos, un hotel cinco estrellas, una sala de eventos y otras instalaciones anexas con igual propósito.
De igual modo, para proceder al otorgamiento del contrato de arrendamiento en referencia, se tuvo en vista los lineamientos generales y particulares contenidos en el documento denominado Plan Director del Parque Laguna Grande corno, asimismo, los instrumentos de planificación territorial aplicables al área en cuestión y las exigencias ambientales que en su momento habrá de cumplir la ejecución del proyecto en el evento de que la Superintendencia de Casinos de Juego, a través de su Consejo Resolutivo, decidiera la instalación y operación de un casino en nuestra comuna.
7.4.- En cuanto al proyecto de casino y la información relativa al mismo.
Es del caso señalar que, todos los antecedentes sobre la materia, en términos oficiales, obran en poder de la Superintendencia de Casinos de Juego, organismo ante quien, conforme lo dispone la Ley de Casinos y sus Reglamentos, ya citados, han debido presentarse los proyectos y demás antecedentes exigidos por la misma normativa por parte de las empresas interesadas en postular a una licencia de operación de tales establecimientos.
7.5.- En cuanto a acordar una modalidad de participación de la comunidad en la determinación del destino de los recursos que se obtuvieren por el eventual funcionamiento de un casino de juegos en la comuna.
Al respecto, es evidente que de verificarse dicho evento, el municipio dispondrá de mayores recursos para emprender más y mejores acciones y proyectos de beneficio social y cultural para sus habitantes, recursos que deberán incorporarse al presupuesto municipal conforme a las normas legales y reglamentarias sobre administración financiera del estado.
Sin perjuicio de ello, es del caso señalar que, es propósito de esta municipalidad el que las rentas de arrendamiento que se perciban a consecuencia del contrato de arrendamiento antes referido, sean destinadas íntegramente a obras de mejoramiento y mantención del Parque Laguna Grande, reafirmando de esta manera, y tal como lo expresan en su presentación los vecinos promotores de la Audiencia Pública que ha motivado el presente informe, el carácter público, abierto, educativo, cultural, ecológico y recreativo del mismo parque.
8.- Finalmente, conforme lo señalado en vuestra presentación de solicitud de Audiencia Pública ya citada, se adjunta copia, de los siguientes documentos:
- Resolución N° 683-N-21, de 30 de diciembre de 1993, de la Dirección de Obras municipales de Concepción. El Plano de Loteo respectivo se encuentra a disposición de los interesados en la Dirección de Obras Municipales de San Pedro de la Paz, para su consulta y, si se estima, obtención de copia de cargo de quien lo requiera;- Resolución N° 20-N-02, de 02 de febrero de 1996, de la misma Dirección de Obras Municipales. Respecto del plano respectivo, lo mismo anterior;- Resolución N° 52, de 25 de mayo de 1998, de la Dirección de Obras Municipales de San Pedro de la Paz. En cuanto al Plano, lo mismo dicho anteriormente;- Resolución N° 176, de 20 de noviembre de 2003, de la Dirección de Obras Municipales de San Pedro de la Paz;- Ordinario N° 103, de 13 de enero de 1997, de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región del Bío Bío;- Ordinario DOH VIII, N° 305, de 03 de marzo de 2005, de la Dirección de Obras Hidráulicas, Región del Bío Bío, del Ministerio de Obras Públicas;- Ordenanza del Plan Regulador Metropolitano de Concepción del año 1980;- Contrato de Comodato celebrado entre el Serviu Región del Bío Bío y la Municipalidad de San Pedro de la Paz, de fecha 04 de septiembre de 1998, relativo a los terrenos del Parque Laguna Grande;- Plan Director Parque Laguna Grande, San Pedro de la Paz, de fecha 06 de agosto de 1998;- Ordinario N° 46, de fecha 26 de enero de 2006, el Alcalde de Municipalidad de San Pedro de la Paz a Inmobiliaria San Pedro del Valle;- Ordinario N° 2466, de 11 de noviembre de 2005, del Jefe del Departamento de Desarrollo Urbano e Infraestructura de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región del Bío Bío, y Plano de Delimitación zona ZVN-21 (PRMC), elaborado por la Municipalidad de San Pedro de la Paz, Asesoría Urbana, y autorizado por dicho Departamento;- Plano resumen de los instrumentos de planificación vigentes en la comuna de San Pedro de la Paz que incluye propuesta de zonificación de la modificación del Plan Regulador Comunal sector Los Batros- Cordillera de Nahuelbuta.

Invitación abril

Queremos invitar a quienes estén interesados en jugársela por el medio ambiente a: inscribirse y contactarse con nosotros para formar grupos de recolección de firmas de apoyo en los distintos sectores de San Pedro de la Paz, la idea es además poder lograr nuevos contactos, explicar el tema en los distintos sectores y convocara a una segunda y multitudinaria marcha.

Para ello tenemos pensado juntarnos previamente para dar una clase formativa sobre el conflicto a los distintos voluntarios que se inscriban, los interesados deben enviarnos un mail a defendiendosanpedro@gmail.com , después nosotros les confirmaremos la hora y el día de reunión.

Acompáñanos en este esfuerzo solidario y desinteresado. ¡El medio ambiente pide a gritos nuestra ayuda!!. Aporta con tu trabajo y tu tiempo libre, por que los que deberían velar por nuestro medio ambiente no lo están haciendo.